Opinión CGCE: Principales tópicos a considerar con la modificación de la Ley de compras para los proveedores que comercializan con el Estado Chileno

Con la entrada en vigencia de la nueva ley de compras que modifica a la actual, se han estado incorporando en forma gradual dichos cambios por parte del Organismo encargado de la Compra Publica, en la plataforma de compras electrónicas, sobre estos cambios desarrollaré mis comentarios en los que considero más importantes desde mi punto de vista que se deben tener presentes.

  • Chile:

Estimados lectores, para esta columna con la cual estamos cerrando el año 2024, lleno de hitos importantes ocurridos en la compra pública, no podemos dejar de lado la implementación de la nueva ley de compras con sus principales modificaciones desde mi punto de vista.

En primer lugar (oferente hábil para ofertar): La nueva norma indica que para ser un oferente válido debes estar hábil al momento de ofertar, no como lo establecía la norma anterior, que bastaba que estuvieras inscrito en el portal y podías ofertar sin ningún problema, pero si estabas inhabilitado no podías contratar con el Estado, retrasando todo el proceso de compra.

Esto modificara la competencia en las diferentes industrias toda vez que de acuerdo con el legislador se equipara la cancha, solo con proveedores que no tengan deudas con el estado, por ende deberán todos estar hábiles y de esta forma no se traba una adjudicación por una inhabilidad de un proveedor adjudicado.

En Segundo Lugar (UTP): Uniones Temporales de Proveedores, están quedan solo para las empresas de menor tamaño, generando una salvedad para unos procedimientos nuevos denominados “Contratos para la innovación” y los “Diálogos Competitivos”, donde no existe esta regla.

El inconveniente que se visualiza es que las distintas industrias para procedimientos más onerosos para el Estado tendrán que confeccionar otro tipo de sociedades, muchas veces encareciendo el valor de los productos o servicios, para participar, debido que deberán preparar otras estructuras societarias.

En cambio, en la norma anterior se podía realizar una Unión Temporal de Proveedores entre empresas, sin importar su tamaño. Habrá que monitorear esto para ver cuanto fue el efecto en las industrias sobre todo en los costos de lo procesos.

En Tercer lugar (Garantía de Seriedad): Las “Garantías de Seriedad”, si bien es cierto que la nueva norma no las elimina, sin embargo, indica las entidades podrán exigir su obligatoriedad a partir de las licitaciones denominadas LR, las cuales son compras sobre 5.000 UTM, con tope del 3% del monto de la licitación, esto implicaría que ya no existiría barrera de entrada bajo este concepto en otro tipo de licitaciones ya sean LP, LQ, LE por ejemplo.

Este tipo de iniciativas, donde se abre al mercado en las distintas industrias, bajando las barreras de entrada Financieras, puede ser muy atractivo, lo que no me queda claro, es la calidad de oferentes que participarán toda vez que al no existir un costo financiero la teoría indica que aumentará la participación, pero el costo de bajarse de la licitación es equivalente a cero, generando una ineficiencia innecesaria en la gestión de abastecimiento.

Sin embargo, las empresas lo que más requieren es que los organismos públicos cumplan sus compromisos financieros, en los tiempos establecidos, cuando un oferente a realizado su trabajo en el caso de los servicios y en el caso de los productos a entregado a tiempo.

Si el organismo público paga a tiempo las empresas tendrán espaldas financieras, para participar en distintos procesos y de esta forma poder garantizar que sus ofertas son serias, tal como lo indica el nombre de la garantía “Garantía de Seriedad”.

En Cuarto lugar (PAC): La nueva ley recoge lo que se estableció desde un principio en la norma, con la diferencia que ahora se hace más visible, sobre todo que los organismos públicos entienden lo importante que es este instrumento para los proveedores, en la toma de decisiones, así como el organismo contralor.

Tan es así que este año, el organismo encargado de la compra pública, publicó la Resolución Nro. 544 B, sobre el calendario indicando las fechas para que los organismos públicos, puedan incorporar su Plan Anual de Compras, en la plataforma dispuesta para ello, por lo tanto, a partir del 20 de diciembre 2024 hasta el 31 de enero 2025, podrán disponibilizar su plan para para ciudadanía.

Este Plan, también podrá ser modificado durante el año, toda vez que comenzarán a aplicarse nuevos procedimientos de compra, donde estos procedimientos al momento de realizar el Plan no los tenían considerados, por ejemplo, Las Subastas a la Inversa, debido que no entraban en operación.

En Quinto lugar (Nuevos organismos Públicos): Tal como lo comento alguna vez el contralor general de la república, donde hay recursos públicos, se deben transparentar por la plataforma de compras públicas.

Esta definición acelero que a partir de la modificación de la ley, nuevos organismo deben ingresar obligatoriamente a utilizar la plataforma, tales como Congreso Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial, las Corporaciones Municipales, la Contraloría General de la República, las fundaciones de la Presidencia, el Servicio Electoral, el Consejo Nacional de Televisión, además de los Tribunales Electorales Regionales, los Tribunales Ambientales, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Libre Competencia y el Tribunal Calificador de Elecciones.

Otros organismos del Estado tales como el Banco Central, las empresas públicas creadas por ley y las sociedades en las que el Estado tenga una participación accionaria de más del 50%, solo se les aplicará exclusivamente el Capítulo VII sobre probidad administrativa y transparencia. Esto sin perjuicio de que podrán sumarse de manera voluntaria al sistema de compras públicas.

A las personas jurídicas que son receptoras de fondos públicos, en los términos de la Ley N°19.862, sólo se les aplicará en los supuestos que defina el Reglamento respecto de esos fondos

En cuanto a los convenios marco, no me referiré, debido que ya hemos hablado mucho sobre el nuevo modelo, que lamentablemente si bien es cierto la nueva ley los reconoce como un procedimiento de compras, también realiza precisiones de cómo deben ser, y ya está demostrado que no apuntan al ahorro en la gestión de abastecimiento, sino en un sentido inverso, por ende, los compradores no los prefieren y los proveedores los están mirando con más precaución.

Al cierre de esta nota se había publicado el nuevo convenio marco de Artículo de Escritorio y Papelería 2239-16-LR24, con fecha de cierre para el 07 de febrero 2025, pero con fecha de termino de preguntas para el 18 de diciembre 2024.

En mi opinión, los cambios realizados a la normativa de compras públicas, ( compra ágil) apuntan en un solo sentido, fortalecer a las pymes independiente del costo para el estado, esto tiene un alto riesgo desde mi punto de vista puesto que la compra publica se puede transformar en un estado benefactor, es decir generador de parcelas de compra solo para algunos, por el solo hecho de pertenecer a una región o a una definición societaria, entre otros,  dejando de la lado un elemento que siempre caracterizo la compra publica que fue la competencia, con igualdad de condiciones, espero equivocarme en mi comentario y que la realidad demuestre con el tiempo que los cambios fueron correctos, sin embargo quiero precisar que estos efectos solo serán visualizados en 1/3 de la compra, porque el resto de la compra se realiza con otros procedimientos.

 Resumen de la Compra Publica en la región

Perú:  PERÚ COMPRAS lanza nuevas convocatorias para la incorporación de proveedores a once Catálogos Electrónicos

La Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS ha lanzado nuevas convocatorias para emprendedores, micro y pequeños empresarios, y proveedores en general, a fin de que puedan vender sus productos a las entidades públicas a nivel nacional en los siguientes catálogos electrónicos.

  1. Bebidas no alcohólicas;
  2. Cereales, arroz y derivado;
  3. Azúcar y endulzantes;
  4. Menestras;
  5. Aceite y grasas;
  6. Calzado;
  7. Botas;
  8. Máquinas y equipos para jardinería, silvicultura y agricultura;
  9. Herramientas para jardinería, silvicultura y agricultura;
  10. Accesorios domésticos de plástico y metal;
  11. Bienes para usos diversos.

Todos los requisitos para participar en esta fase de registro y en la presentación de ofertas se encuentran en la plataforma de la entidad. El plazo de inscripción para la convocatoria de calzado y botas vence el próximo 11 de diciembre, mientras que el plazo para los demás catálogos cierra el 15 de diciembre.

Además, los interesados en incrementar sus oportunidades de negocio están invitados a una charla virtual el próximo 5 de diciembre, donde explicaremos cómo venderle al Estado a través de los Catálogos Electrónicos.

Fuente: www.gob.pe

Uruguay: VI Foro Iberoamericano de Compra Pública de Innovación (CPI) & Innovación Abierta

Del 26 al 28 de noviembre se celebró en la ciudad Santiago de Chile el VI FORO IBEROAMERICANO DE Compra Pública de Innovación (CPI) & INNOVACIÓN ABIERTA

El asesor legal de ARCE, Santiago Capote, integró la Mesa comparativa sobre marcos regulatorios de CPI en Latinoamérica que están en proceso de reforma o con reformas recientes, incluyéndose a nuestro país en los países seleccionados.

El evento es el principal encuentro de carácter multisectorial en el ámbito de la innovación abierta y la compra pública de innovación en España y Latinoamérica, siendo este un espacio de intercambio de experiencias y establecimiento de sinergias entre países iberoamericanos en el ámbito de la CPI y la innovación abierta en el sector público.

Adicionalmente la instancia contó con la participación de especialistas de alto nivel; píldoras inspiradoras, a través de charlas cortas en temas relevantes; espacios de Deeplearning CPI con expertos en formato interactivo; talleres para agencias de innovación, compradores públicos, entidades solucionadoras y entes de control así como un Showroom sectorial de casos de CPI en tres sectores: salud, transporte y aguas.

Fuente: www.gub.uy

Ecuador: Compras públicas para mujeres emprendedoras y productoras del sector agrícola

El SERCOP fue parte del “Primer Taller del Proyecto SheTrades”, impulsado por el Centro de Comercio Internacional (ITC) con el apoyo de GIZ. La Abg. Roxana Sierra, subdirectora General del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), fue ponente en este importante evento que también contó con la presencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca.

Este importante proyecto, busca ampliar la participación de mujeres emprendedoras y productoras del sector agrícola en distintos ámbitos del sistema productivo y económico, fomentando así un desarrollo sostenido de sus actividades.

En este contexto, el SERCOP, promueve la contratación pública como una herramienta de inclusión social, fortaleciendo el sector productivo, especialmente la producción agrícola y la seguridad alimentaria del país. Actualmente, trabajamos con un enfoque de triple impacto, lo que significa que los contratos no solo deben basarse en el mejor precio o en la eficiencia operativa, sino que también deben cumplir con objetivos sociales y ambientales.

Durante su intervención, la subdirectora resaltó el compromiso de la institución con la inclusión de grupos que tradicionalmente no han tenido acceso al mercado de compras públicas, como pequeños agricultores, microempresarios, emprendedores de zonas rurales y comunidades indígenas; precisamente, nuestro objetivo es crear oportunidades reales y construir un sistema un sistema eficiente con beneficios amplios y duraderos para los ecuatorianos.

Entre los principales puntos abordados se destacaron:

• La participación de la mujer en procesos de contratación pública: al ser esenciales dentro de la cadena agrícola y alimentaria del país y el sustento de las familias ecuatorianas, muchas mujeres enfrentan barreras de acceso a la información. Desde el SERCOP, hemos impulsado capacitaciones en territorio para lograr una mayor cobertura de nuestros servicios. La apertura de estos espacios de participación, especialmente en zonas rurales y comunidades alejadas, es crucial para mejorar significativamente sus ingresos y condiciones de trabajo.

• El sector agropecuario y las compras públicas: hasta el mes de octubre de 2024, se identificaron 792 contratos fueron adjudicados a mujeres, un dato alentador que indica que vamos por buen camino, sin embargo, es necesario seguir trabajando en este ámbito.

• El impacto de inclusión de la mujer agrícola en el desarrollo económico y social: al generar mayores ingresos, se mejoran las condiciones de vida de sus familias y de las comunidades, con mejor acceso a educación y salud.

Para finalizar, se enfatizó que el promover políticas inclusivas permite visibilizar y reconocer el esfuerzo de las mujeres en este sector, en búsqueda de una compra pública inclusiva.

Fuente: www.portal.compraspublicas.gob.ec

Si quieres enterarte de lo que ocurre en la región, ingresa a  www.informaciondemercados.cl, en la sección de noticia diaria, donde podrás encontrar más información que puede ser de tu interés respecto a la compra publica en Latinoamérica.

Nota: Quiero manifestar que la opinión siempre se encuentra respaldada por datos públicos, y su interpretación hacen que los datos entreguen información especial, para entenderlos, y además estos mercados están respaldados por leyes, reglamentos y directivas, que los hacen transparentes, por eso queremos ampliar el mercado público, no solo en Chile, sino en Latinoamérica.