Opinión CGCE: Nuevo Convenio Marco de Computadores altera el equilibrio en las reglas de negocio con el estado chileno, dejando un manto de dudas en su operación 

En esta nueva edición de opinión CGCE para informaciondemercados, les hablaremos sobre el organismo encargado de la compra pública que, durante estos primeros meses del año, ha publicado tres procesos de compra de convenios marco, todos con problemas de redacción y sentido en las Bases de Licitación, que han demorado su postulación. 

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Estimados lectores, esperando que se encuentren bien, ya estamos en marzo y el retorno a clases de nuestros hijos o nietos, es evidente, sobre todo en la levantada temprano y llevarlos a clases y comenzar con una rutina, que ya no es solo la oficina, sino la pasadita por el colegio en la mañana. En fin, así es la vida y para eso se trabaja, en cuanto a nuestra compra pública, la edición pasada indiqué que los convenios marcos apuntaban a la eficiencia en el gasto público y lo mantengo, sin embargo, en esta edición me referiré en primer lugar al convenio marco de computadores y luego hablaré sobre los otros convenios en sus aspectos más administrativos, que no dejan de ser novedosos. 

Para continuar con lo planteado anteriormente, este nuevo convenio marco de computadores, con el ID: 2239-1-LR24, incorporó una serie de cosas interesantes, como por ejemplo, asignar puntaje al proveedor que ofertaba varias marcas, generando así una suerte de competencia dentro de las Gamas, que es un concepto acuñado desde el origen de este nuevo modelo de convenio (gama), sin embargo, descuido o lo realizo a propósito es que “no permite colocar precio por marcas distintas dentro de la gama”, por lo tanto, esta novedad ya no tiene sentido porque se pierde realmente la oportunidad de competir por marcas dentro de la gama, y como dice el dicho “una buena idea mal ejecutada”, por la cláusula de adjudicación y actualización de productos adjudicados, que no permiten la competencia intra marcas. 

A pesar de lo anterior, lo más grave de este convenio, y quiero hacer hincapié en esto, ya que se realizó una pregunta para que desarrollaran este punto con mayor claridad, fue en la Resolución Nro 77, publicada en la plataforma el 26 de febrero del 2024 a las 19:28 Hrs, en la cual insistieron en este punto. 

¿Qué es lo distinto?, el cambio en la Regla de subida de productos al convenio, porque la frase es clarísima “CUANDO LA DCCP LO SOLICITE”, entonces cuál es el punto aquí, la DCCP puede colocar las reglas que quiera para el funcionamiento de los convenios, sin lugar a duda que sí y si está convencida que será ahorro para el Estado, porque ellos ponen las reglas, pero donde está el problema o lo que llamo el “manto de dudas en la operación”: 

  • No existe claridad en la regla de decisión, a quién se autoriza a subir productos. 
  • No se define un procedimiento para tenerlo en consideración al momento de postular. 
  • Lo anterior significa que no existirá igualdad a los oferentes y deja un manto de dudas de la forma que utilizará esta regla de decisión.

Una de las características principales de las licitaciones del organismo experto en compras públicas es definir las reglas claras, porque, según esto, los oferentes pueden modelar sus procesos licitatorios y postular con claridad, pero la nula claridad, de cómo se utilizará esta regla que queda incorporada en las bases de licitación con las modificaciones de bases en la Res. 77, dejan muchas interrogantes sin responder como, por ejemplo: ¿quién?, ¿cómo?, ¿cuándo?, y en qué momento?, se aplicará la regla, ¿será por marca?, ¿quién será el proveedor tocado por la varita magica de la institución que podrá subir productos catalogados?, esto realmente es una aberración. 

En fin, espero que esto no sea una directriz y lo continuemos viendo en las próximas licitaciones de convenio marco y que en el transcurso del convenio de computadores indiquen la forma que operará esta regla. 

Finalmente, como lo dije anteriormente estos tres convenios marcos que fueron publicados el primer mes del año, adolecen realmente de una falta de prolijidad, en la revisión de las bases de licitación, en el desconocimiento de la industria que se licita, y no lo digo desde una mirada egoísta, sino que ver esto me provoca mucha angustia, porque no se tiene el peso, de cómo afecta a muchas empresas que quieren venderle al Estado, sobre todo en estos tiempos, y tienen que esperar, por su adjudicación (caso emblemático CM Ferretería) o su Postulación, porque las bases están mal hechas y tienen que modificarlas, por ende los plazos se corren y la angustia continua, modificando anexos, obteniendo nuevas firmas entre otras cosas, solo para venderle al estado a través del catálogo de convenios marcos, donde hemos visto durante estos 20 años, que este procedimiento de compra ( Convenio Marco), ha sido mutilado en las Administraciones que han pasado por este organismo público, sigue más vigente que nunca y las empresas y compradores, los esperan porque realmente, genera “ahorros para el Estado” a lo menos en la Gestión. 

Esta falta de prolijidad que estamos viendo generará una fila de convenios en evaluación, porque lo tres convenios cierran entre el 18 y 21 de marzo 2024, dejando a los oferentes con la interrogante de cuando serán informados de sus postulaciones, que esperemos no sea como el Convenio Marco de Ferretería, que se publicó en junio del 2023 luego de prórrogas se postuló en octubre 2023 y aún no se adjudica porque han cambiado la fecha de adjudicación varias veces quedando ahora para el 19 de marzo 2024, cayendo en la falta de certeza jurídica, como una nueva modalidad en este tipo de procedimientos, por parte de la institución rectora de la compra pública en chile, ojalá que esto mejore considerablemente y que todo este tiempo de espera, realmente cumpla con los objetivos planteados, ya sea para los compradores como proveedores y que a fin de año, los Convenios Marcos, vuelvan a representar un porcentaje importante en la Compra Pública. 

Creado por Carlos Campos Parra, Gerente General de CGCE