Es una modalidad de compra mediante la cual las Entidades podrán adquirir bienes y/o servicios por un monto igual o inferior a 30 UTM, de una manera dinámica y expedita, a través del Sistema de Información, requiriendo un mínimo de tres cotizaciones previas. Esto genera una mayor participación de proveedores, de forma más fácil y simple; obteniendo cotizaciones oportunas a las necesidades de compra de los organismos compradores. Además de obtener una mayor trazabilidad y transparencia del proceso de compra.
¿Cuáles son sus objetivos?
Su intención es funcionar como una solución inmediata que permita el apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas en la venta de sus productos y servicios en línea de forma simple y transparente.
También, en la medida de lo posible, el poder simplificar y aumentar la eficiencia en el proceso de compras menores, reduciendo la burocracia.
Consideraciones a tener en cuenta sobre la Compra Ágil
- Se debe tener en cuenta que el valor de la UTM corresponde al del mes en que se emite la compra y que el monto máximo de 30 UTM incluye, como se mencionó anteriormente, los impuestos y otros costos.
- Los pagos de bienes y/o servicios contratados a través de Compra Ágil deben efectuarse posterior a la recepción conforme del producto, dentro de los 30 días continuos, siguientes a la fecha en que fue recibida la factura.
- Las entidades también pueden pagar de forma anticipada a la recepción conforme, al tratarse de contrataciones realizadas por medios electrónicos. Mantienen su derecho a retracto, así como los derechos y deberes del consumidor, de acuerdo a lo establecido en el Párrafo 1° del Título II de la ley Nº 19.496.
- En el caso de encontrarse condiciones más ventajosas en Compra Ágil, que las que existentes en los convenios marco vigentes, se preferirá el uso de Compra Ágil, sin que se requiera la dictación de un acto administrativo. Tales condiciones estarán referidas específicamente al menor precio encontrado para el bien o servicio y el mismo quedará consignado en la orden de compra.
- No será necesaria la suscripción de un contrato con el proveedor seleccionado, dados los montos que se manejan en la Compra Ágil.
- La orden de compra emitida por el Sistema de Información y aceptada por el proveedor, será el instrumento para demostrar el vínculo contractual.
Teniendo en cuenta los cambios que se vienen para los próximos años, la consultora CGCE, enfocará sus esfuerzos en el seguimiento competente, para así responder dudas y lograr asesorar de una manera eficiente a las empresas interesadas en participar de este mercado.
Es importante destacar que CGCE, consultora especialista en procesos de licitación, cuenta con una amplia experiencia en el asesoramiento en procesos de adquisición a través de B2G en Chile, en las distintas modalidades de compra al Estado, ya sea: licitaciones públicas, licitaciones privadas, tratos directos, bases tipo, compra ágil y compras coordinadas por mandato o conjuntas.
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