En esta edición de la Revista Digital “informaciondemercados”, hablare sobre el procedimiento de compra denominado Licitación Pública, debido que su relevancia en la compra pública está reflejando un porcentaje de representación muy importante.
- Chile:
Estimados lectores, basado en un estudio que realizo la consultora CGCE, respecto al comportamiento de las Licitaciones Públicas durante los primeros nueve meses del año 2024, quiero manifestar lo siguiente.
En primer lugar: La utilización de este procedimiento de compra, con un alto porcentaje de participación de un 67,97%que equivale a 7,168 billones de pesos, según un estudio de la consultora CGCE para estos primeros nueve meses del año, no dejan de sorprendernos, toda vez que esta sobre los dos tercios del total de las compras públicas, por lo tanto, debemos preguntarnos, que está sucediendo con los otros procedimientos de compra.
En Segundo Lugar, No podemos perder de vista, que la entrada de otros entes de la administración pública, tales como Ministerio de Obras Públicas, Corporaciones, Fundaciones, pueden alterar este porcentaje, dejando los otros procedimientos de compra, en un segundo lugar, tan es así que los Tratos Directos, están bajando considerablemente representando a la fecha del informe un 21,98%.
En Tercer lugar: La explicación la podemos ver en el tipo de licitación, donde el 63,8% representan las licitaciones con la nomenclatura LR, las cuales son sobre las 5.000.- UTM.,seguidas de las LQ con un 16,2% y las LE 11,8%. –
Por lo tanto podemos concluir que los compradores públicos, en los otros procedimientos de compra,(Trato Directo, Licitación Privada, Convenio Marco, Compra Ágil), no están encontrando una ventaja, ya sea en los mix de productos, caso de Convenio Marco, o están realizando licitaciones que derivan en contratos de suministros, y de esta forma están solucionando la forma de abastecerse de bienes y servicios, para cumplir con sus presupuestos o el desconocimiento de los mismos procedimientos, toda vez que ingresan otros actores a comprar en este mercado.
Además, el efecto que genera la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicio de Salud es muy importante, toda vez que los montos de compra por cada proceso son considerablemente mayores a otros procesos de compra.
Por lo tanto, el desafío no es menor, para el organismo encargado de la compra pública, porque debe revisar con mayor profundidad, si efectivamente a través de este procedimiento de compra (Licitación Pública), está generando ahorros, para el Estado, y cuál es el promedio de oferentes en cada licitación.
En mi opinión, las licitaciones públicas, son por esencia el principal procedimiento de compra que utilizan los organismos públicos, y que el mundo académico recomienda, por tener una capacidad de convocatoria abierto, transparente donde no existen barreras de entrada o si existieran, se pueden objetar, sin embargo se debe ser cuidadoso sobre todo en industrias muy concentradas, donde solo existen pocos actores, y se licitan grandes montos, porque pueden aparecer fenómenos como ya hemos conocido de colusión donde se reparten el mercado.
Ver: https://tinyurl.com/7ekmak67
- Compra Publica en la región
Colombia: Colombia Compra Eficiente explora modelos de adquisición de alimentos en Brasil para fortalecer la inclusión de la agricultura familiar en la contratación pública
Durante los días 25 y 26 de septiembre, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (ANCP-CCE) participó en las jornadas de intercambio con la Companhia Nacional de Abastecimento (CONAB) en Brasil, con el objetivo de conocer de cerca el modelo de operación de los programas de adquisición de alimentos que promueven la inclusión de la agricultura familiar, campesina y comunitaria en el sistema de abastecimiento alimentario.
Este intercambio se enmarca en la nueva Política Nacional de Abastecimiento Alimentario de Brasil, la cual busca no solo apoyar la producción agrícola de pequeños productores, sino también combatir la inseguridad alimentaria mediante la compra directa de productos destinados a personas en situación de vulnerabilidad. A través de este programa, el gobierno brasileño ha logrado incorporar a agricultores familiares, indígenas, afrodescendientes y mujeres rurales en un sistema de compra pública que fomenta su inclusión y desarrollo.
Durante la primera jornada, el equipo de ANCP-CCE conoció las diferentes modalidades del programa de adquisición de alimentos y los ajustes que ha realizado Brasil para adecuarse a las condiciones de la agricultura familiar y las necesidades de las poblaciones más vulnerables. Estas experiencias han permitido a la ANCP-CCE identificar posibles alternativas y mecanismos para replicar en Colombia, con el fin de facilitar la participación de productores étnicos, campesinos y comunitarios en el sistema de compra y contratación pública del país.
En la jornada de hoy, los representantes de ANCP-CCE visitaron el asentamiento Oziel Alves 3, un proyecto de reforma agraria que beneficia a 170 familias de pequeños productores dedicados a la agricultura familiar. Este asentamiento se destaca por su enfoque en la producción agroecológica sustentable y su organización social, que permite tanto la producción colectiva en 80 hectáreas como el uso individual de parcelas familiares. Los productos, que incluyen frutas, granos como arroz, millo y frijol, se comercializan a través de ferias, mercados y canales institucionales, con algunas experiencias en el uso de semillas criollas y convencionales.
Este modelo de asentamiento ha sido clave para garantizar la autosuficiencia y mejorar las condiciones de vida de las familias beneficiadas, quienes gozan de acceso a agua subterránea y pozos, lo que favorece la productividad y las condiciones para vender sus productos a instituciones del Estado. La experiencia del gobierno brasileño en este campo brinda lecciones valiosas que Colombia busca adaptar y aplicar para fomentar la inclusión de pequeños productores y contribuir a la seguridad alimentaria del país.
Con estos aprendizajes, ANCP-CCE reafirma su compromiso de seguir fortaleciendo la participación de actores de la agricultura familiar y comunitaria en la contratación pública, avanzando hacia un sistema de compra inclusivo, equitativo y sostenible.
Ecuador: SERCOP, MEF Y BID juntos en la construcción del Subsistema Nacional de Control para garantizar transparencia en las compras públicas
Con el apoyo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la cooperación técnica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), culminó con éxito la misión de mapeo de macroprocesos del Subsistema Nacional de Control (SNC) del Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP), concluyendo así la fase exploratoria de este proceso.
Con estos avances, el SERCOP, como ente rector de la Contratación Pública en Ecuador, continua con su labor enfocada en incrementar la transparencia, calidad y eficiencia en cada uno de los procesos de contratación pública del país.
Este esfuerzo interinstitucional, ha contado con la participación activa de organismos y entidades que efectúan control gubernamental, quienes han sido parte fundamental en la construcción del subsistema.
A través de mesas de trabajo y talleres, se han identificado relaciones funcionales y se han definido cuatro macroprocesos esenciales para la construcción y materialización del SNCP:
- Coordinación y colaboración interinstitucional.
- Gestión de las herramientas y mecanismo de control.
- Auditoría y supervisión de las contrataciones públicas.
- Gestión de sanciones e irregularidades.
Además, se revisó la capacidad y calidad de la información que se genera en los procesos, para determinar las próximas actividades y pasos a seguir, así como la identificación de controles a implementarse en esta construcción.
Los talleres y mesas técnicas de trabajo contaron con la participación de Deborah Jones, máxima autoridad del SERCOP, quien destacó el compromiso de institución para combatir cualquier irregularidad o acto viciado de corrupción en los procesos de contratación pública, garantizando la transparencia y eficiencia del Gobierno del Nuevo Ecuador.
Además, en la reunión de cierre del trabajo técnico, que contó con la participación de los representantes del BID, MEF y SERCOP, Roxana Sierra, Subdirectora General del SERCOP, puntualizó que todo este trabajo que forma parte de la modernización del Sistema Nacional de Contratación Pública, tendrá un gran impacto y colocará al Ecuador como un referente en la región, al ser el primer país con un sistema que modernizado que garantice procesos transparentes, incrementando la confianza y abriendo espacios de estímulo económico en el sector productivo y demás integrantes de la contratación pública.
Uruguay: Entra en vigor el Protocolo de Compras Públicas del Mercosur entre Brasil y Uruguay
Los proveedores nacionales tendrán la posibilidad de acceder al mercado de las compras públicas brasileras con un trato no discriminatorio con respecto a sus nacionales en aplicación del principio del trato nacional.
El Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR (Decisión 37/2017), suscrito en diciembre de 2017, prevé la entrada en vigencia bilateral 30 días después del depósito del segundo instrumento de ratificación, lo que ocurrirá el 4 de agosto de 2024 considerando que Brasil cumplió con ese depósito en fecha reciente y que Uruguay ya lo había hecho ratificación por parte de Brasil y que Uruguay ya lo había hecho a mediados de 2022.
El Protocolo de compras públicas configura a nivel regional un avance esencial en materia de estandarización de procesos, y sobre todo de alineación conceptual en el Mercosur, lo que no solo otorga acceso recíproco a las compras de las partes, sino que también permite contar con una base armonizada a la hora de negociar con terceros países o bloques.
A esas notas típicas que otorgan certeza y previsibilidad jurídica hay que sumarle el atractivo del mercado de las compras públicas brasileñas. Por lo que es sin dudas un excelente instrumento de acceso a mercado.
Al analizar los beneficios de este acuerdo es preciso considerar las características del mercado de compras públicas uruguayo y de los socios. El mercado de las compras públicas uruguayo es abierto. No discrimina en materia de acceso ni en función del origen del proveedor ni del servicio o el bien a adquirir, esto diferencia nuestro sistema general de los sistemas de los países socios del Mercosur. Por lo que ya de por sí nuestros socios tenían acceso a participar de las compras públicas, no obstante, no era así para los uruguayos, siendo que los mercados de los socios distinguen entre compras públicas nacionales e internacionales, vedándose en las primeras la posibilidad de acceso a un extranjero. Con la celebración del acuerdo y la concesión del trato nacional, Uruguay obtiene una condición de acceso que no tenía antes de la celebración del mismo.
En cuanto a las obligaciones asumidas por Uruguay al suscribir el acuerdo en primer lugar hay que referir a los límites de las obligaciones contraídas, que se determinan por: las entidades cubiertas, que incluyen sólo el nivel central de gobierno, los umbrales establecidos que se establecieron en 95.000 DEG para bienes y servicios y en 4.000.000 DEG para obra pública (deberá superarse ese valor de acuerdo al criterio de valoración de los contratos para quedar comprendido), y las causales de exclusión al ámbito de aplicación del acuerdo; esto es:
(a) los contratos de delegación de servicios, tales como; autorizaciones, permisos y concesiones, incluida la concesión de obra pública.
(b) las compras de petróleo crudo y sus derivados, aceites básicos, gas natural, aditivos para lubricantes y sus respectivos fletes;
(c) las compras de energía;
(d) las compras de semovientes por selección, cuando se trate de ejemplares de características especiales;
(e) los contratos con empresas de servicios energéticos públicas o privadas que se encuentren registradas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y que se desarrollen bajo el esquema de Contratos Remunerados por Desempeño, en los cuales la inversión sea financiada íntegra o parcialmente por la empresa de servicios energéticos.
(f) la adquisición de bienes o servicios cuando haya notoria escasez de los bienes o servicios a contratar.
(g) la contratación de instituciones sin fines de lucro dedicadas a la asistencia social, a la enseñanza, a la investigación y al desarrollo institucional.
En esta misma línea, también se reservó la posibilidad de que en los contratos de obra pública Uruguay podrá condicionar el otorgamiento de un margen de preferencia en el precio de las ofertas en lo que corresponda, a la utilización de mano de obra nacional, entendiéndose por tal, la mano de obra uruguaya, según los criterios de calificación establecidos en la legislación nacional.
También se excluyó de modo general los programas ya existentes de promoción de sectores, esto es, las contrataciones efectuadas en el marco del Programa de Contratación Pública para el Desarrollo y de la Ley de Agricultura Familiar y Pesca Artesanal.
También se efectuaron exclusiones a la licitación pública, en los siguientes casos:
a- en el caso de servicios de construcción u obra pública cuando se requieran servicios de construcción adicionales a los originalmente contratados, que respondan a circunstancias imprevistas y que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del contrato que los originó. Sin embargo, el valor total de los contratos adjudicados para dichos servicios de construcción u obras públicas adicionales no podrá exceder el cincuenta por ciento (50%) del importe del contrato principal;
b- cuando una entidad requiera de servicios de consultoría relacionados con aspectos de naturaleza confidencial, cuya difusión pudiera razonablemente esperarse que comprometa información confidencial del sector público, cause perturbaciones económicas serias o, de forma similar, sea contraria al interés público. Esto sin perjuicio de los procedimientos de licitación abreviada consagrados en el texto del documento de forma horizontal para todos los socios.
No obstante las exclusiones mencionadas, se estableció una reserva de mercado general que salvaguarda un margen de discrecionalidad del Estado para generar nuevos programas de compras públicas a ser utilizados como un instrumento de política pública de promoción de un sector o actividad. Esto surge de la nota general que reza lo siguiente: “No obstante cualquier otra disposición del presente Protocolo, Uruguay podrá reservar, en cada año, contratos de compra de las obligaciones de este Protocolo por un monto equivalente al 15% de sus compras totales del año anterior, con el objeto de promover planes específicos de promoción de algún sector o actividad, fundados en políticas públicas e instrumentados en normas que precisen su contenido y alcance”.
De manera que Uruguay obtendrá acceso a los mercados de los socios, pero conservará un margen de exclusión a la aplicación del acuerdo de tal magnitud, que solo se traduce en un instrumento de ganancia para el país.
Por otra parte, y desde la perspectiva de Uruguay, es preciso señalar que Uruguay ya cuenta con la normativa alineada a los parámetros internacionales que implican los acuerdos de esta materia.
En este marco es preciso señalar que los acuerdos de compras generan transparencia y disciplinan a nivel normativo interno, generando condiciones de eficiencia en el gasto público.
Solo resta celebrar la noticia.
Si quieres enterarte de lo que ocurre en la región, ingresa a www.informaciondemercados.cl, en la sección de noticia diaria, donde podrás encontrar más información que puede ser de tu interés respecto a la compra publica en Latinoamérica.
Nota: Quiero manifestar que la opinión siempre se encuentra respaldada por datos públicos, y su interpretación hacen que los datos entreguen información especial, para entenderlos, y además estos mercados están respaldados por leyes, reglamentos y directivas, que los hacen transparentes, por eso queremos ampliar el mercado público, no solo en Chile, sino en Latinoamérica.