«En esta oportunidad se entregarán ejemplos para demostrar que lo realizado hasta la fecha valida aún más en nuevo enfoque planteado: Mayores Oportunidades, Equilibrio en el Poder y Buenas Prácticas«
Estimados lectores(as), ya estamos terminando las vacaciones, que en realidad fueron a modo pandemia, y en todos los medios de comunicación intentaron informar el retorno a clases, al trabajo entre otros, como algo normal, incluso fueron mas allá y hablaron del súper lunes, y esto me da pie lo alejado que están del mundo real, indico esto porque en la compra pública, pasa lo mismo. Donde es increíble, que las políticas de compra cava vez son más insólitas y alejadas del mundo real.
Para los que siguen mi columna de opinión, la edición pasada explique que desarrollare un nuevo concepto que es “más Democratización en la Compra Pública”, para lo cual se plantearon tres pilares básicos, (Mayores Oportunidades, Equilibrio en el Poder, Buenas Prácticas) que se explicaron en esa edición, (www.informaciondemercados.cl/opinion-ed012021/),ahora nuevamente se incorporan ejemplos y definiciones para profundizar los conceptos.
A.)Mayores Oportunidades: El nuevo modelo de Convenio Marco, es un claro ejemplo, que no aumenta las oportunidades a los proveedores, restringiendo la participación con condiciones que no todos pueden cumplir, además de no considerar como funcionan las diferentes industrias, solo buscando el ahorro en precios, entregando cuotas de mercado por un periodo de tiempo con bandas de precios, y con mix de productos que cumplen con la condición de ahorro en precio, para ejemplificar con hechos concretos, se publicó la adjudicación del nuevo Convenio Marco 2239-28-lr20 denominado “LIC.SW. OFIMÁTICA Y SERV. INSTALACIÓN Y MIGRACIÓN”, donde ustedes podrán apreciar que se adjudicó a un solo proveedor por gama, que puede ser discutible, si esta correcto o no, pero lo que es impresentable, es que más del 80% del mercado se lo adjudicara a una sola marca, entonces donde están las oportunidades para las otras marcas que tendrán que esperar hasta el término del convenio para vender al Estado. Ver: https://www.mercadopublico.cl/Procurement/Modules/RFB/DetailsAcquisition.aspx?qs=vFPoRpV96Ugk7xxrV7hnqg==
B) Equilibrio en el Poder: Siempre en todo modelo de compras, donde se utilizan Recursos Públicos, los pesos y contrapesos, deben existir y convivir en forma armónica, para que esto tampoco sea una traba burocrática, debido que la esencia del Estado es la burocracia, sin lugar a duda, “pero con Gestión”.
En este pilar, quiero plantear que aparecieron otros actores, que no habían tenido un rol tan preponderante, en la definición de la política pública de compras, y últimamente cada vez asumen un rol más importante, me refiero a la Fiscalía Nacional Económica, Dipres y Tribunal de la Libre Competencia.
A continuación, explico cada uno de ellos, sobre su influencia, obviamente que cada cual evalúe si esta correcta su participación, yo solo paso a informar su actual influencia.
b.1) Fiscalía Nacional Económica, Se pronuncio sobre un estudio que realizo, sobre el Mercado de la Compra Publica, en cuanto a los mecanismos de compra que tan competitivos eran y realizo sus recomendaciones, sobre la base de un estudio de datos que obtuvo de la plataforma de compras, pero que finalmente los descarto porque no estaban ordenados y poco claros, y realizo su propio análisis. En resumen, informo que la compra pública, es poco competitiva, en relación con los convenios marco, debían mejorarlos para que existiera más competencia y en cuanto a las Licitaciones, realizar las acciones pertinentes, para que existieran más oferentes por cada proceso. ver https://www.fne.gob.cl/estudios-de-mercado/estudios/estudios-de-mercados-actuales/
b.2) Dirección de Presupuesto, (Dipres) es el organismo técnico encargado de velar por la asignación y uso eficiente de los recursos públicos, mediante la aplicación de sistemas e instrumentos de gestión financiera, programación y control de gestión, en el marco de la política fiscal y depende del Ministerio de Hacienda, al igual que el organismo encargado de la compra pública. Ver http://www.dipres.gob.cl/
Informo lo anterior, porque Dipres emite Circulares, y dentro de las cuales, algunos clientes se han encontrado con la sorpresa que algunos organismos públicos, no han querido realizar compras, porque están esperando instrucciones sobre cómo deben proceder este año con los siguientes bienes y servicios:
- Adquisición de Computadores.
- 2.2. Servicio de Arriendo de Computadores.
- 2.3. Licenciamiento de software, servicios de software o servicios de infraestructura digital.
- 2.4. Servicio de Telefonía Móvil y/o Banda Ancha Móvil.
Ver. https://www.chilecompra.cl/wp-content/uploads/2021/01/7Instructivo-DIPRES2021.pdf
b.3) Tribunal de la Libre Competencia, Las normas para la defensa de la libre competencia están establecidas en el Decreto Ley N° 211, ley que tiene por objeto promover y defender la libre competencia. Por su parte, la institucionalidad de libre competencia en Chile está compuesta por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (Tribunal o TLDC) y la Corte Suprema.
El TDLC, por su parte, fue creado por la Ley N° 19.911, de 2003. Es un Tribunal especial que no forma parte del Poder Judicial, sin perjuicio de lo cual se encuentra sujeto a la superintendencia correctiva, direccional y económica de la Corte Suprema y está compuesto por cinco ministros (tres abogados y dos economistas), uno de los cuales lo preside, quien debe ser abogado. El nombramiento de los ministros se realiza previo concurso público de antecedentes, en el que intervienen el presidente de la República, el Banco Central y la Corte Suprema. Duran seis años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos por un solo período. Ver https://www.tdlc.cl
Ustedes se preguntarán que tiene que ver esto, con la compra pública, pues bien, como el organismo encargado de la compra pública, en su nuevo modelo de convenios marco, está realizando licitaciones, donde establece bandas de precio, cuotas de mercado, entre otros.
Actualmente una reconocida empresa en la industria de la tecnológica realizo una consulta al tribunal, en esta industria en particular, si lo realizado en los convenios marco atenta o no a la Libre competencia, es muy importante lo que el Tribunal resuelva, porque si indica que lo realizado por el organismo especializado en la compra pública está correcto, será un muy mal precedente para la compra de tecnología, sobre todo si las instrucciones de Dipres, son vinculantes, donde apuntan hacia una compra coordinada, como además el futuro de los poco y nada de convenios marco, que se están licitando.
C.) Buenas Prácticas: Recuerdan que, en este concepto, se encuentra la probidad y transparencia. Bueno este pilar, es fundamental, cuando en la compra pública se utilizan recursos financieros de todos los chilenos, y a todos nos gustaría entender en que se gastan los dineros y cuales es el resultado, si finalmente el ciudadano se encuentra satisfecho o insatisfecho, con la gestión del Estado con sus dineros.
En la edición anterior indique que este tópico, estaba en la línea correcta y lo continúo manteniendo, sin embargo, se realizó un análisis al mundo de las licitaciones, y la verdad que para consolidar un número, se debió realizar un profundo análisis a la información de la plataforma, porque los datos informados carecen seriamente de una estandarización y no son claros, para personas que quieran realizar estudios o tomar decisiones, porque puede inducir claramente a errores. Ver https://www.informaciondemercados.cl/category/mercado-publico/estudios_conveniosmarco/
De acuerdo con lo anterior, existen muchas licitaciones que los compradores solicitan que en los códigos ONUs, informen el valor de $1, y que la oferta real, la informen en un formulario aparte y adjuntarlo a la licitación. La información existe, pero cuando se informa en la plataforma este indica que es un $1, y se debe buscar luego en la orden de compra. Se que esto es muy técnico, pero no menos importante cuando se habla de probidad y transparencia en la compra pública y como estoy generando ejemplos este es uno de los hitos más importantes de corregir, que incluso en el informe de FNE, se le indico al organismo encargado, que lo realizara.
Dejo abierta esta columna de opinión, para recibir comentarios que apunten a generar un documento, que pueda ser entregado a alguna autoridad que realmente se interese sobre este tema, Compra Pública, y colocarla en el rol que se merece, y no solo cuando los medios de prensa denuncian algún hecho, sobre el mal uso de los recursos públicos. Mi correo es campos@browse.cgce.cl
Ahora bien, todos los cambios realizados a la compra pública apuntan en la misma dirección, profundización en la desigualdad, y cada vez menos competencia, porque al consolidar la Demanda, el único que gana es el Estado, por su gran poder comprador, esto se basa en el estudio anteriormente mencionado de las licitaciones, donde ustedes podrán apreciar que las LR, aumentan por ejemplo y las L1, disminuyen, esto significa que los organismos públicos, están realizando licitaciones para abastecer por un periodo de tiempo más largo y dejan las migajas al resto, modelo de compra ágil, mucho ruido, pero en realidad es como un B2C, muy atomizado, muchos actores, pero con falta de regulación increíble, en fin el tiempo dirá si es el modelo correcto, porque hasta la fecha no se visualiza muy bien.
La otra externalidad que está ocurriendo, donde el comprador público, es más práctico porque tiene que resolver su problema de abastecimiento, y en realidad el organismo encargado de la compra pública, no está resolviendo su problemática, estamos viendo como ellos en forma muy inteligente, están realizando licitaciones, que terminan en Contratos de Suministros, con plazos de 12,24 y 36 meses, sin ninguna norma de reajuste y menos la seguridad que comprarán los productos o servicios, es decir una mera expectativa. Próxima edición profundizaré más sobre este punto.