El área Legal de la consultora CGCE este mes te comenta sobre la Actualización normativa clave, fundamentos para compras ágiles, conflictos de interés y guía obligatoria para proveedores.
Para esta edición de la revista digital Información de Mercados, podemos informar una serie de novedades y/o actualizaciones que ocurrieron en el transcurso del último mes de mayo, en los distintos rubros que se comercializan a través de la plataforma de Compras Públicas en Chile, destacándose para esta edición principalmente: Pronunciamiento respecto a la justificación para adjudicar Compras Agiles, Publicación de Guía de recomendaciones para proveedores, Pronunciamiento respecto a las prohibiciones del artículo 35 quarter de la ley de Compras, y Publicación de nuevo convenio marco de artículos de aseo.
1.Pronunciamiento respecto a la justificación para adjudicar Compras Agiles.
Mediante Oficio N° E77994/2025 la Contraloría General de la República emitió un pronunciamiento dirigido a la Municipalidad de Til Til, en respuesta a observaciones del Observatorio de ChileCompra sobre un proceso de compra ágil para la contratación de servicios de administración de sitio web.
En dicha instancia se detectó que el proveedor adjudicado no presentó la oferta de menor precio y que la fundamentación en dicho caso, contraviene lo establecido en la Ley N° 19.886, toda vez que, la justificación entregada en la orden de compra fue un correo electrónico sin argumentos objetivos. De esta forma la Contraloría establece que son fundamentos objetivos específicos: individualizar claramente las condiciones que posee el proveedor adjudicado, demostrar que dichas condiciones no se encuentran presentes en las demás ofertas, y que se acredite porque esas condiciones hacen que la oferta sea más conveniente para el organismo a pesar del mayor precio.
De esta forma, se marca un precedente en los criterios a considerar dentro de la evaluación de las compras agiles con el objetivo de asegurar transparencia y cumplimiento normativo en las adquisiciones públicas.
2. Publicación de Guía de recomendaciones para proveedores.
Otro hecho relevante de este mes, es la publicación por parte de la Dirección de Compras y Contratación Pública del «Manual de recomendaciones y buenas prácticas para proveedores del Estado» que busca establecer lineamientos claros para mejorar la relación entre los proveedores y la entidad contratante, promoviendo prácticas responsables, éticas y transparentes en los procesos de contratación pública. Se enfoca en fortalecer la integridad y el cumplimiento normativo, incentivando la participación de proveedores que se alineen con valores como la legalidad, la equidad y la eficiencia.
El documento ofrece recomendaciones específicas en diversas áreas clave: desde la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, conocer y capacitarse en el sistema de compras públicas, desarrollar programas de integridad y compliance, la elaboración de propuestas claras y ajustadas a los requerimientos, hasta la ejecución contractual con altos estándares de calidad y cumplimiento, entre otros temas. De esta forma se enfatiza la importancia del conocimiento del marco legal, la preparación adecuada para licitaciones, y la transparencia en la entrega de información.
Además, se promueve la prevención de malas prácticas como el fraude o la colusión, el respeto a los principios de libre competencia y la comunicación proactiva con la entidad contratante. También se destacan buenas prácticas ambientales, sociales y laborales, fomentando un enfoque de sostenibilidad.
La guía sirve como herramienta orientadora para facilitar procesos de selección eficientes y garantizar una contratación pública más confiable, contribuyendo al desarrollo institucional y al bienestar colectivo.
3. Pronunciamiento respecto a las prohibiciones del artículo 35 quáter de la ley de Compras.
También desde el punto de vista normativo, este mes la Contraloría General de la República emitió el oficio E69939/2025, proporcionando directrices sobre la aplicación del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886, reformada recientemente por la Ley N° 21.634, que busca fortalecer la probidad y transparencia en las contrataciones públicas. Este artículo, prohíbe que los organismos del Estado celebren contratos administrativos con funcionarios del propio organismo, sus parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, y con sociedades en las que estos tengan participación relevante o sean beneficiarios finales. La prohibición se extiende también a gerentes, administradores y directores de dichas sociedades.
El oficio aclara para la correcta aplicación de este artículo, que esta prohibición alcanza a todo el personal dependiente de la autoridad o jefatura superior del organismo que intervenga en los procedimientos de contratación, sin importar si estos funcionarios participan directamente o no en el proceso. Además, establece reglas especiales para funcionarios directivos y quienes participen en procedimientos de contratación, extendiendo la prohibición hasta un año después de haber dejado el cargo.
En situaciones excepcionales, como en comunas rurales o zonas aisladas donde sea difícil encontrar proveedores, los contratos podrán realizarse previa dictación de una resolución fundada, que debe ser comunicada a la Contraloría y a la Cámara de Diputados. El dictamen también enfatiza la necesidad de solicitar declaraciones de los proveedores para acreditar la inexistencia de vínculos prohibidos, sin perjuicio de la verificación posterior por parte de la entidad contratante.
4. Publicación de nuevo convenio marco de artículos de aseo e higiene.
Bajo el ID 2239-8-LR25 fue publicada el día 27 de mayo la licitación del nuevo convenio marco de artículos de aseo e higiene.
Este convenio considera las subcategorías de accesorios de limpieza general. Aerosoles, desodorantes y desinfectantes, detergentes, limpiador de muebles, limpieza baño y cocina, limpieza general y mantención de pisos, mantención piscina, papel tissue, perfumería e higiene personal. Adicionalmente la vigencia de este convenio es de 26 meses
De esta forma, la postulación a este convenio se encuentra disponible hasta el día 24 de julio del año 2025.