¿De qué trata la nueva Directiva Nº 23/2026?
La Directiva de Contratación Pública N° 23/2026 es una nueva directiva emitida por la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra) que entrega orientaciones actualizadas a los distintos organismos compradores del sistema de compras públicas para asegurar que dichas Instituciones cumplan con sus compromisos financieros de manera eficiente en el mercado público. Esta actualización responde a los cambios introducidos por la Ley N° 21.634 (Modernización de la Ley de Compras) y el nuevo Reglamento de Compras Públicas (Decreto N° 661/2024), buscando fomentar la participación de los proveedores y fortalecer la confianza en el sistema.
¿Cuáles son los plazos establecidos para el pago?
De acuerdo con la directiva y la normativa vigente, y especialmente en virtud de lo señalado en la Ley Nº 21.131 que “establece pago a 30 días”, los tiempos de pago deben cumplir con las siguientes reglas:
- Regla General: Los pagos deben efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del instrumento tributario de cobro respectivo.
- Excepción de 60 días: En las bases de licitación o en tratos directos se puede establecer un plazo de hasta 60 días corridos, siempre que esté estipulado en las bases o el contrato y se sustente en motivos fundados por parte de la Institución.
- Aceptación de Facturas: Las instituciones tienen un plazo de 8 días corridos para reclamar contra el contenido de una factura; de lo contrario, se entiende irrevocablemente aceptada.
La importancia de la «Recepción Conforme»
Un aspecto crítico que destaca la directiva es que, para proceder al pago, la entidad debe registrar la recepción conforme de los bienes o servicios en la plataforma de Mercado Público. Este hito formaliza que el proveedor cumplió con lo acordado, y, por tanto, procede el cobro y su subsiguiente pago. Es muy importante considerar que el trámite de recepción conforme debe realizarse dentro del mismo plazo de 8 días que tiene la institución para rechazar la factura, para no retrasar el pago final.
Consecuencias del incumplimiento
El no cumplimiento de los plazos legales no solo afecta la liquidez del proveedor, sino que acarrea sanciones para el organismo público:
- Intereses y Comisiones: El retraso genera el pago de intereses por mora y una comisión fija por recuperación de pagos.
- Responsabilidad Administrativa: Se establece explícitamente la responsabilidad administrativa de los funcionarios públicos involucrados en el retraso del pago.
Recomendaciones para los proveedores
Para asegurar un proceso de pago fluido, la directiva recomienda a los proveedores:
- Aceptar la Orden de Compra (OC) en la plataforma antes de entregar el bien o servicio.
- Incluir siempre el ID de la Orden de Compra en el campo de referencia de la factura electrónica.
- Verificar que la OC cambie al estado de «recepción conforme» en Mercado Público.
- En caso de mora, utilizar el Sistema de Reclamos de ChileCompra.
Reclamos por Falta de Pago
Si un organismo no cumple con los plazos estipulados, la Directiva detalla el procedimiento que deben seguir los proveedores para exigir sus pagos:
- Ingreso del Reclamo: El proveedor debe utilizar el formulario de reclamos en www.mercadopublico.cl, indicando el número de Factura y de Orden de Compra (OC).
- Gestor de Reclamos: Cada institución debe designar a un responsable o «Gestor de Reclamos por pago» encargado de resolver estas solicitudes.
- Plazos de Respuesta: La entidad reclamada tiene un máximo de 5 días hábiles para responder a través de la plataforma.
- Calidad de la Respuesta: El organismo debe entregar una respuesta satisfactoria, indicando una fecha de pago cierta o el medio por el cual ya se canceló el documento.
- Carácter Público: Todos los reclamos son públicos y quedan reflejados en el historial de comportamiento de la institución.
En caso de que la Institución siga en mora de pagar lo debido incluso después de un reclamo, existen otros mecanismos alternativos que requieren de un mayor análisis, dependiendo de las características específicas de cada caso. Nuestro equipo legal en CGCE cuenta con gran experiencia asesorando a diversos actores del mercado público para navegar el cambiante escenario de las compras públicas, y estamos constantemente actualizándonos para asegurar que nuestros clientes cuenten con todas las herramientas necesarias para participar, adjudicar y proteger sus derechos de la mejor manera frente a las Instituciones del mercado público.
Si tiene consultas respecto de los temas comentados, puede contactar a los siguientes canales de la Consultora.
Redactado por: Vicente Pozo, Abogado CGCE
La consultora CGCE en Chile cuenta con amplia experiencia en el asesoramiento de procesos de adquisición en el ámbito B2G, incluyendo licitaciones públicas y privadas, tratos directos, bases tipo, compra ágil y compras coordinadas. A través de nuestra metodología “3E”, logramos que, en promedio, 1 de cada 3 licitaciones asesoradas resulte adjudicada, junto con un índice superior al 98% de éxito en Convenios Marco. Todo ello se desarrolla bajo un enfoque de probidad, cumplimiento y estrategia en cada proceso. Adicionalmente, contamos con un software propio denominado “Oráculo”, orientado a la búsqueda inteligente y personalizada de oportunidades, con el objetivo de mejorar la calidad y oportunidad del servicio entregado a nuestros clientes.